Competencias municipales para la incidencia política en la protección internacional de los DDHH en la nueva ley estatal de cooperación internacional (Ley 1/2023)
El reconocimiento del rol de los gobiernos locales en la protección internacional de los Derechos Humanos se vincula a menudo a un debate sobre competencias, territorialidad y centralización del poder.
Aunque los gobiernos locales han aumentado progresivamente sus capacidades para incidir en las agendas internacionales, el hecho de que la política exterior esté legalmente reservada al Estado central sigue generando confusión y resistencias sobre su margen de actuación en la acción exterior, sobre la cual sí tienen competencias. El objeto del presente documento, encargado a la Fundación Musol, es efectuar un análisis jurídico de la Ley estatal de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global (Ley 1/2023, de 20 de febrero) (en adelante, LCDSSG), con el fin de identificar el impacto de la nueva ley y su desarrollo reglamentario, sobre las competencias de los entes locales en materia de cooperación y sobre la posibilidad de actuación de éstos en la promoción, protección e incidencia política en materia de DDHH en el exterior.
El papel relevante de los ayuntamientos en la protección de los derechos fundamentales no se circunscribe sólo a su ciudadanía. La legitimidad de los gobiernos locales para trascender su ámbito territorial, e incidir más allá de sus límites municipales, se desprende de su “responsabilidad” de proteger también, a nivel global, la dignidad humana, de acuerdo con la doctrina internacional de los DDHH.